La protesta social es un derecho esencial de la democracia - Piedra OnLine

InformaciĆ³n del Mundo

sƔbado, 19 de abril de 2014

La protesta social es un derecho esencial de la democracia

El proyecto de ley “Convivencia en manifestaciones pĆŗblicas” presentado por diputados del Frente para la Victoria expresa un espĆ­ritu contrario a los estĆ”ndares que ha sostenido el Estado nacional frente a la protesta social desde 2003. Los principios de legitimaciĆ³n de la protesta social, de mediaciĆ³n polĆ­tica de los conflictos y de regulaciĆ³n de la actuaciĆ³n policial fortalecieron la democracia y limitaron los niveles de violencia en estos contextos, aunque persisten serios problemas de represiĆ³n en diferentes puntos del paĆ­s.
La iniciativa contiene propuestas que afectan el derecho a la protesta. Una de ellas es la misma definiciĆ³n de manifestaciones ilegĆ­timas que abarcarĆ­a a cualquier manifestaciĆ³n pĆŗblica que impida el trĆ”nsito o el normal funcionamiento de servicios pĆŗblicos. En un marco semejante, la manifestaciĆ³n realizada en apoyo a la ley de matrimonio igualitario o la producida el dĆ­a de la sanciĆ³n de la ley de servicios de comunicaciĆ³n audiovisual hubieran sido caratuladas como ilegĆ­timas. La declaraciĆ³n de ilegitimidad habilita, en la propuesta, la dispersiĆ³n de los manifestantes por las fuerzas de seguridad.


Al mismo tiempo, es inadecuado clasificar de ilegĆ­tima una manifestaciĆ³n porque uno o algunos de los individuos presentes cometan un delito. Por el contrario, debe reconocerse explĆ­citamente que los derechos de los participantes estĆ”n protegidos, aun cuando algĆŗn individuo o grupo dentro de la multitud cometa acciones penadas por la ley.
Otro aspecto preocupante es lo referido a la notificaciĆ³n y a la mediaciĆ³n como requisitos del carĆ”cter legĆ­timo de una manifestaciĆ³n. Por un lado, porque designa a las fuerzas policiales como los receptores de las notificaciones. Por otro, debido a que otorga un plazo exiguo de 2 horas para la mediaciĆ³n, desconociendo la naturaleza polĆ­tica compleja de los conflictos sociales que originan los reclamos. En el mismo sentido, el proyecto sĆ³lo establece como mediador a un representante del Ministerio de Seguridad y no a quienes podrĆ­an dar respuestas a las problemĆ”tica de fondo. AdemĆ”s, la designaciĆ³n de un delegado como representante de los manifestantes es una exigencia que en muchos casos no podrĆ­a satisfacerse, debido a que no todas las manifestaciones tienen la organicidad para hacerlo ya que son la suma de expresiones plurales.
El proyecto intenta ampliar los mĆ”rgenes del control estatal sobre el derecho a la protesta mientras persisten casos de represiĆ³n violenta de manifestaciones y cuando aun no se ha hecho justicia por asesinatos cometidos en protestas sociales como los del 19 y 20 de diciembre de 2001, del Parque Indoamericano, de la represiĆ³n a la comunidad qom en Formosa o de los reclamos por vivienda en la ciudad de Ledesma, en Jujuy.
Desde el punto de vista jurĆ­dico, el Congreso Nacional no tiene competencia para la regulaciĆ³n de la protesta social en todo el paĆ­s, dado que el uso del espacio pĆŗblico no es una facultad del Estado federal. Por el contrario, los tratados internacionales de derechos humanos exigen que se establezcan medidas federales para proteger el derecho a la libre expresiĆ³n y manifestaciĆ³n. El caso de Mariano Ferreyra muestra la necesidad del rol que debe tener el Estado en la protecciĆ³n de la integridad fĆ­sica y la vida de las personas que ejercen ese derecho, pero nunca en su limitaciĆ³n.
La historia muestra que los derechos del presente se conquistaron a partir de la participaciĆ³n popular en las calles. Las manifestaciones y protestas no son un mal necesario sino un componente esencial de la democracia y de las luchas sociales por la ampliaciĆ³n y consolidaciĆ³n de los derechos.
Abogados y Abogadas del NOA en DDHH y Estudios Sociales (ANDHES)
CampaƱa Nacional contra la Violencia Institucional
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Centro de PolĆ­ticas PĆŗblicas para el Socialismo (CEPPAS)
Colectivo por la Igualdad en el Partido Social
Comunidad Homosexual Argentina (CHA)
Frente Popular Darƭo SantillƔn (FPDS)
Legislador Pablo Ferreyra - Izquierda Popular
Madre Tierra - Fotivba
Mesa Nacional por la Igualdad (Legisladora MarĆ­a Rachid)
Movimiento Nacional Campesino IndĆ­gena (MNCI) - CLOC VĆ­a Campesina
Movimiento Popular Seamos Libres
Observatorio de Derechos Humanos y Pueblos IndĆ­genas (ODHPI)